Solicitud de Certificado de Empadronamiento – Convivencia
1. ¿Cómo solicitarlo?
Rellenar correctamente el formulario (enlace que aparece en el apartado denominado “Instancia normalizada”).
Pueden hacer la solicitud presencialmente en las oficinas municipales o si lo prefieren a través de la sede electrónica, para lo cual tendrán que disponer de un certificado digital, DNIe, o alguno de los sistemas concertados de Cl@ve.
Existe una tasa por emisión de certificados de 1€ que deberá abonarse en el momento de recoger el certificado si la solicitud es presencial o mediante transferencia bancaria cuando se trate de una solicitud electrónica.
La cuenta para hacer el ingreso es:
UNICAJA ES32- 2103- 4212-17-0012066836
2. ¿Dónde solicitarlo?
Oficinas generales del Ayuntamiento de Cistierna
Plaza del Ayuntamiento, 1
24800 Cistierna – León
Tel.: 987 70 00 02 – Fax: 987 70 00 09
Horario de atención al público: de 09:00 a 14:00 de lunes a viernes.
Sede electrónica: https://cistierna.sedelectronica.es
3. ¿Cuándo solicitarlo?
El Certificado de Empadronamiento se solicita cuando se necesita justificar la situación de empadronado o no de una persona respecto a un domicilio y un municipio.
El Certificado de Convivencia cuando se necesite justificar las personas que conviven en el domicilio que figura en el certificado.
4. ¿Qué presentar?
Si acude personalmente a solicitar un certificado, debe presentar el D.N.I., en caso de tratarse de una persona extranjera Pasaporte o N.I.E.
Si el solicitante es distinto del titular, es preciso aportar documento de identidad original del autorizado, escrito de AUTORIZACIÓN del interesado debidamente firmado (o el poder de representación que ostente), adjuntándose al mismo la fotocopia del documento de identidad del autorizante.
En el caso de personas fallecidas, DNI, o Pasaporte, o N.I.E., tanto del fallecido como del solicitante, en todos los casos, deberá presentarse además Certificado de Defunción expedido por el Registro Civil o la página del Libro de Familia en que figura registrado el fallecimiento, así como, el documento de acreditación de interés legítimo.
Si opta por solicitarlo a través de la sede electrónica, deberá presentar el justificante de pago de la tasa de 1€ junto con la solicitud.
5. Normativa legal aplicable
- Ley 4/1996 de 10 de enero, por la que se modifica la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local en Relación con el Padrón Municipal.
- Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1690/86 de 11 de julio y Real Decreto 2612/96.
- Resolución de 4 de julio de 1997, por la que se dictan Instrucciones Técnicas a los Ayuntamientos y otras instrucciones posteriores.
- Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos, BOP nº 56 de 21 de marzo de 2013.